2do. Principio
Control Democrático de los Miembros
Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socias y socios, quiénes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa, responden ante socias y socios. Organizaciones democráticas: Dentro de las cooperativas, la "democracia" considera los derechos y las responsabilidades. También significa que fomenta el espíritu de democracia dentro de las mismas.

Igual derecho a voto: Cada cooperativa conoce cual es la mejor forma y más democrática de hacerlo, de acuerdo a las características de la misma. En las cooperativas de base, socias y socios tienen igual derecho a voto (un miembro, un voto). En cooperativas secundarias y terciarias, los sistemas de votación proporcional han sido adaptados para que reflejen la diversidad de intereses, el número de miembros en las cooperativas asociadas y el compromiso dentro de las cooperativas involucradas.

"Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros, quienes participan activamente en la definición de sus políticas y en la toma de decisiones": Esta oración recalca que socias y socios controlan en última instancia su cooperativa, acentúa que lo hacen democráticamente, reafirma el derecho de socias y socios a involucrase activamente en la determinación de políticas y en la toma de decisiones claves.

En muchas cooperativas, este involucramiento activo se da en las reuniones generales en las que se discuten las políticas, se toman decisiones importantes y se aprueban acciones. En otras cooperativas, como las de trabajo, de mercadeo o de vivienda, los miembros se involucran más rutinariamente en las operaciones diarias de la cooperativa.

En todas las cooperativas, "los hombres y las mujeres que han sido elegidos para representar a sus cooperativas, responden ante sus miembros". Las y los representantes deben mantener sus funciones para beneficio de sus socias y socios de inmediato o a largo plazo. Las cooperativas no "pertenecen" a las y los dirigentes electos en mayor medida de la que "pertenecen" a las y los funcionarios. Pertenecen a socias y socios, y todas y todos las y los dirigentes son responsables de sus acciones ante socias y socios, tanto en el tiempo de elección.